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El Gasóleo Profesional: Todo lo que necesitas saber.

Tiempo de lectura estimado: 7 minutos

Hoy tratamos el asunto del gasóleo profesional para las empresas de transporte por carretera. Cuando parecía que el sector del transporte de mercancías por carretera empezaba a recuperarse, un nuevo hachazo parece querer truncar sus expectativas de crecimiento. La subida que en los últimos meses está acumulando el precio del gasoil está repercutiendo negativamente en el balance de resultados de las empresas que están asumiendo un coste adicional. Una carga que al sector del transporte le está costando asumir. 

12 Preguntas habituales sobre el gasóleo profesional

¿Qué es el gasóleo profesional?

El gasóleo profesional se aplica en toda España de forma unificada: 4,9 céntimos por litro, desde el 1 de enero de 2019. El importe de la devolución del gasóleo profesional es el mismo en todo el territorio nacional, es decir, 49 euros por cada 1000 litros consumidos.

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¿Quiénes pueden solicitar la devolución del gasóleo profesional?

En la Agencia Tributaria nos explican que son beneficiarios:
– Los titulares de vehículos que se hallen en posesión de la correspondiente tarjeta o autorización de transporte que le habilite para el ejercicio de una actividad de transporte de mercancías o pasajeros.
Para ello, los solicitantes deben inscribirse en el Censo de beneficiarios de la devolución del gasóleo profesional, con carácter previo a los consumos de gasóleo profesional, presentando una solicitud a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. En ella, tienen que costar los siguientes datos:
Número de identificación fiscal y nombre o razón social y domicilio fiscal del solicitante.
Descripción de la actividad económica del solicitante y fecha de inicio de esta actividad.
Identificación de la entidad financiera y del Código de la cuenta bancaria.
Dirección de correo electrónico del solicitante.
Datos identificativos de cada uno de los vehículos en los que se consuma gasóleo profesional.
Así, los beneficiarios solicitarán una Tarjeta Gasóleo Profesional previamente autorizada por la Agencia Tributaria en la que constará:
El nombre o razón social del titular
La matrícula del vehículo autorizado
La expresión Gasóleo profesional con la que deberá efectuar el pago del consumo de combustible.

¿Cómo se solicita la devolución del gasóleo profesional?

La utilización para el pago de estas tarjetas tiene la consideración de declaración tributaria por la que se solicita la devolución.
Las entidades emisoras de las tarjetas-gasóleo profesional deben enviar a la Agencia Tributaria la información de los suministros de gasóleo profesional efectuados por sus clientes.
A partir de la información de los suministros de gasóleo profesional efectuados, el órgano competente acordará, en su caso, la devolución de las cuotas correspondientes mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de inscripción en el Censo de gasóleo profesional.

¿Cuánto se devuelve en el gasóleo profesional?

El importe máximo que te devolverán es de 0,049 euros por un consumo máximo de 50.000 litros por vehículo y año, es decir 2.450 euros.

¿Qué obligaciones contraen los beneficiarios con derecho a la devolución gasóleo profesional?

Todos los beneficiarios con derecho a la devolución deberán presentar a la Agencia Tributaria durante el primer trimestre del año siguiente a la finalización del año natural, una Declaración anual con el número de kilómetros recorridos de cada uno de los vehículos de su titularidad que hayan estado inscritos en el Censo de beneficiarios en el año anterior.

¿Qué es la tarjeta de gasóleo profesional?

Es la tarjeta de pago autorizada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
En esta tarjeta constarán:
– Nombre o razón social del titular
– Matrícula del vehículo autorizado
– y el indicativo: Gasóleo profesional

¿Quién emite las tarjetas de gasóleo profesional?

Las tarjetas son autorizadas por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria.

¿En qué lugar de la tarjeta gasóleo profesional debe figurar la expresión “Gasóleo Profesional”?

Está deberá figurar en el plástico, bien en el anverso o en el reverso.

¿Los emisores de tarjetas de gasóleo profesional tienen que pedir a sus clientes alguna certificación u otro documento acreditativo del derecho a la devolución?

 No. Los emisores de tarjetas no tienen que solicitar a sus clientes ningún tipo de justificante del derecho a la devolución.

¿Una tarjeta emitida en otro Estado Miembro puede utilizarse para la adquisición de gasóleo profesional?

Sí. Siempre que cumpla los requisitos establecidos en la Orden HAP/290/2013, de 19 de febrero, y haya sido autorizada por el órgano competente.

Gasóleo profesional ¿Cómo evitar ser sancionado por la Agencia Tributaria?

Una cuestión que debes tener en cuenta para que la Agencia Tributaria no te sancione cuando realices el repostaje:
Debes tener mucho cuidado si realizas suministros múltiples en el mismo día.
Es decir, se tu vehículo o vehículos son de gran tonelaje y su deposito está dividido en dos, intenta que en la estación de servicio utilicen solo una manguera para surtirlo.
Si no la Agencia Tributaria te puede requerir a través de un procedimiento informativo si has realizado el repostaje correctamente o se trata de un error.
Y, hasta que esta situación se aclare podría bloquease la devolución.
También deben tener especial cuidado los transportistas que cuentan con depósitos propios, en los que este tipo de prácticas pueden desembocar en una inspección.

¿Está permitido el Gasóleo Profesional para uso particular ?

El uso del Gasóleo Profesional para uso particular NO está permitido. Muchas veces por desconocimiento, utilizamos la tarjeta para repostar nuestro vehículo personal. Si esto ocurre la Agencia Tributaria también podrá enviarte un requerimiento informativo y bloquearte la devolución.

A continuación, y a modo de recordatorio te dejo los pasos que debes dar para solicitar la devolución del gasoleo profesional:

Pasos para solicitar la devolución del Gasoleo profesional

A modo de recordatorio te dejo los pasos a seguir:

  • Inscribirse en el Censo de beneficiarios de la devolución del gasóleo profesional, donde tienen que constar:
    • Número de identificación fiscal y nombre o razón social y domicilio fiscal del solicitante.
    • Descripción de la actividad económica del solicitante y fecha de inicio de esta actividad.
    • Identificación de la entidad financiera y del Código de la cuenta bancaria.
    • Dirección de correo electrónico del solicitante.
    • Datos identificativos de cada uno de los vehículos en los que se consuma gasóleo profesional.
  • Declarar (en caso de transporte de mercancías) el número de autorización concedido.
  • Comunicar datos a la entidad bancaria, y código de cuenta a la Administración Tributaria donde efectuará las devoluciones.
  • Pagar lo que consumas con la tarjeta de gasoleo profesional

Ayudas al Gasóleo 2023

 Real Decreto Ley 20/2022, de 27 de diciembre que establece las ayudas al gasóleo para 2023.

  • A) VEHICULOS CON M.M.A. IGUAL O SUPERIOR A 7.500 KGS: Ayuda extraordinaria y temporal para las empresas de transporte que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional (art. 34)
    • Importe de la ayuda: 0,20 céntimos por litro (desde el 01-01-2023 al 31-03-2023)
    • Importe de la ayuda:0,10 céntimos por litro (desde el 01-04-2023 al 30-06-2023)
    • Esta ayuda se aplica también cuando el suministro de gasóleo se realice en instalaciones de consumo propias
  • B) VEHICULOS CON M.M.A. INFERIOR A 7.500 KGS: Ayuda directa (PAGO UNICO) extraordinaria y temporal para las empresas de transporte que no tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional (art. 38)
    • Beneficiarios: titulares de autorización de transporte MDLE y MDPE a la fecha de entrada en vigor de esta norma (28-12-2022)
    • Importe de la ayuda (por vehículo):
    • Camión pesado con autorización MDPE, con MMA superior a 7.500 KGS. y carburante GLP, GNC o GNL: 3.690 euros.
    • Camión pesado con autorización MDPE, con MMA superior a 7.500 KGS. y combustible gasóleo: 2.700 euros.
    • Camión pesado con autorización MDPE, con MMA inferior a 7.500 KGS.: 1.000 euros.
    • Camión-furgoneta ligero con autorización MDLE : 450 euros.

Entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2023 ha de presentarse, vía telemática, solicitud de la ayuda a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, indicando el número de cuenta corriente donde recibir la ayuda y aportando una declaración responsable. 

El pago se realizará a partir del 30 de abril de 2023

Espero que este artículo te haya sido de utilidad, si tienes alguna duda puedes dejármela en los comentarios más abajo.

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Por Aitziber Zabala

¡Hola! Mi nombre es Aitziber y soy parte del equipo de Marketing en la empresa alemana Continental Automotive Spain.
En un escenario tan cambiante donde la legislación es tan meticulosa y las sanciones tan considerables, nuestro objetivo es crear información de valor que ayude a simplificar el día a día de las empresas de transporte tanto nacional, como internacional.

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