¿Qué documentación necesito para hacer transporte internacional en transporte por carretera?
En este artículo te cuento toda la documentación necesaria para realizar transporte por carretera en el ámbito internacional. Según de qué documento se trate estará o no admitido el formato electrónico. Distinguimos entre documentación propia del conductor, del vehículo, y la correspondiente a la operación de transporte.
Tabla de contenidos
Documentación exigible al conductor para hacer transporte internacional:
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Permiso de conducción | Los permisos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea, en Estados Parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en terceros países de conformidad con las convenciones de Viena o Ginebra o en acuerdos bilaterales o multilaterales, habilitan para conducir en los países firmantes de los respectivos acuerdos en las condiciones fijados en los mismos. | |
Certificado de aptitud profesional (CAP) | Directiva (UE) 2022/2561 | Necesario para la conducción de vehículos que efectúen una actividad de transporte por carretera, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E. |
Tarjeta de conductor | Reglamento (UE) N.º 165/2014 | Necesaria para conducir vehículos que lleven instalado un tacógrafo digital. |
Certificado de formación del conductor para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas | Acuerdo Internacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) | AUTORIZACIÓN BÁSICA COMÚN. Habilita para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas de las clases 2, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9, en cualquier tipo de vehículos que no sean cisternas (fijas o desmontables), vehículos baterías o contenedores cisternas. AUTORIZACIÓN CISTERNAS O MEMUS. Habilita para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas en cisternas fijas o desmontables de capacidad superior a 1 m3, los conductores de vehículos batería con una capacidad total superior a 1 m3 y los conductores de vehículos o MEMU que transporten mercancías peligrosas en contenedores cisterna, en cisternas portátiles o CGEM con una capacidad individual superior a 3 m3 en una unidad de transporte. |
Documento de identidad con fotografía | Obligado para todo miembro de la tripulación | |
Certificado de competencia | Reglamento (CE) N.º 1/2005 | Exigible cuando se conduzcan vehículos que transporten équidos domésticos, animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina o porcina o aves de corral |
Documentación exigible al vehículo para hacer transporte internacional:
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Permiso de circulación | Directiva 1999/37/CE | Documento por el que se certifica que el vehículo está matriculado en un Estado miembro e identifica a la persona titular del mismo. |
Certificado de inspección técnica | Directiva 2014/45/UE | Certificado de la inspección técnica expedido por la autoridad competente o el centro de inspección que contiene el resultado de la inspección técnica. |
Certificado Internacional de seguro | Directiva (UE) 2021/2118 | PAISES DEL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: No es necesario en el Espacio Económico Europeo. Tampoco es necesario presentar el CIS, en Andorra, Suiza (incluyendo Liechtenstein), Islandia o Noruega. La cobertura de un seguro emitido en cualquiera de los países citados permite circular entre los mismos sin necesidad de nada más. PAÍSES FUERA DEL EEE: En todos estos países NECESITAS EL Certificado Internacional de Seguro, o en su defecto un Seguro de Frontera. |
Vehículo de alquiler | Directiva 2006/1/CE | Acreditar en papel o en formato electrónico los documentos siguientes: a) El contrato del alquiler, o un extracto certificado de dicho contrato que incluya, en particular, el nombre del arrendador, el nombre del arrendatario, la fecha y la duración del contrato, así como la identificación del vehículo; b) En caso de que el conductor no sea la misma persona que alquila el vehículo, el contrato de trabajo del conductor o un extracto certificado de dicho contrato que incluya, en particular, el nombre del empresario, el nombre del trabajador, la fecha y la duración del contrato de trabajo, o una nómina salarial reciente |
Autorización complementaria de circulación (Ttes. Especiales) | Cada país tiene regulación propia |
Documentación exigible para hacer transporte internacional en función de la normativa de transporte
Transporte De Mercancías. Ámbito Unión Europea.
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Licencia Comunitaria | Reglamento (CE) N.º 1072/2009 | Para realizar transporte internacional o de cabotaje de mercancías por cuenta ajena con vehículos de Masa Máxima Autorizada superior a 2,5 toneladas. |
Certificado de Conductor | Cuando el conductor no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea ni residente de larga duración. | |
Carta de Porte para transporte internacional CMR | Convenio CMR. Relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera. | Se aplica a todo contrato de transporte de mercancías por carretera realizado a título oneroso por medio de vehículos, siempre que el lugar de la toma de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega al destinatario, tal como están indicados en el contrato, estén situados en dos países diferentes, uno de los cuales al menos sea un país contratante, independientemente del domicilio y nacionalidad de las partes del contrato. Es válida a todos los efectos la emisión de la carta de porte CMR en formato electrónico. |
Transporte De Mercancías Peligrosas.
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Carta de Porte ADR | Acuerdo Internacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) | Exigible en el transporte de mercancías peligrosas Se aplica a todo transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera entre los países que han ratificado el acuerdo. En España es de aplicación a los transportes que se realicen íntegramente dentro del territorio español. |
Instrucciones escritas | ||
Certificado de aprobación del vehículo | ||
Copia de la aprobación de la autoridad competente |
Transporte De Animales Vivos. Movimientos Intracomunitarios.
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Autorización del transportista | Reglamento (CE) N.º. 1/2005 | Exigible en el transporte de animales vivos |
Autorización del medio de transporte | ||
Certificado TRACES | ||
Documento de identificación | ||
Cuaderno de a bordo en viajes largos | ||
Certificado de competencia (más de 65 km) |
Transporte De Mercancías Perecederas.
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Certificado de conformidad para vehículos que transportan mercancías perecederas | Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes (ATP) | Si el vehículo tiene fijada una placa de certificación de conformidad (ATP), esta será reconocida como equivalente a un certificado de conformidad. |
Carta de Porte por Carretera o CMR | Convenio CMR. Relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera. | Se aplica a todo contrato de transporte de mercancías por carretera realizado a título oneroso por medio de vehículos, siempre que el lugar de la toma de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega al destinatario, tal como están indicados en el contrato, estén situados en dos países diferentes, uno de los cuales al menos sea un país contratante, independientemente del domicilio y nacionalidad de las partes del contrato. Es válida a todos los efectos la emisión de la carta de porte CMR en formato electrónico. |
Documentación comercial | La factura comercial es un documento fundamental en el transporte y venta de productos. Es emitida por el exportador a nombre del importador y sirve como prueba de la transacción realizada. |
Transporte De Mercancías. Ámbito Foro Internacional del Transporte (IFT). Antigua C.E.M.T.
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Licencia CEMT | Foro Internacional del Transporte (ITF) | Próxima digitalización de las licencias CEMT y los libros de ruta que las acompañan. El año 2024 va a ser el último en que va a estar operativa la licencia CEMT en papel tradicional. A partir del 1 de enero de 2025 las licencias y sus cuadernos de control estarán 100% digitalizadas y no habrá ningún documento en papel. |
Cuaderno de Ruta | En la lengua del país de matriculación del vehículo, numerado por las autoridades competentes para su expedición | |
Hoja Suplementaria (color blanco) | Contiene una breve referencia a la autorización CEMT en las distintas lenguas de los Estados Miembros de la CEMT con excepción del inglés y francés. | |
Certificado único de conformidad con las normas técnicas y de seguridad vehículos a motor “EURO IV seguros”, “EURO V seguros”, “EEV seguros” o “EURO VI seguros” | Todos los certificados deberán estar debidamente cumplimentados y firmados. No se considerarán válidos si omitiera algunos datos. La única excepción se refiere a: Los « dispositivos anti – encastramiento traseros y las protecciones laterales que no se exigen a los semirremolques. | |
Certificado de conformidad con las normas técnicas de seguridad de un remolque o semirremolque | ||
Certificado de control técnico para vehículos a motor, remolques y semirremolques | ||
Carta de Porte para transporte internacional CMR | Convenio CMR. Relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera. | Se aplica a todo contrato de transporte de mercancías por carretera realizado a título oneroso por medio de vehículos, siempre que el lugar de la toma de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega al destinatario, tal como están indicados en el contrato, estén situados en dos países diferentes, uno de los cuales al menos sea un país contratante, independientemente del domicilio y nacionalidad de las partes del contrato. Es válida a todos los efectos la emisión de la carta de porte CMR en formato electrónico. |
Transporte De Mercancías. Ámbito Acuerdos Bilaterales.
DOCUMENTO | NORMATIVA QUE LO REGULA | OBSERVACIONES |
Autorización de Transporte Bilateral | Acuerdo bilateral | Tipos de autorizaciones En función del período de validez: TEMPORALES: Con validez para 1 año, con independencia del número de viajes. AL VIAJE: Válidas para un solo viaje de ida y vuelta. Por el tipo de servicio: CONTINGENTE O ZONA LARGA: Válidas para cualquier transporte con destino y/o origen en España y origen y/o destino en el País de que se trate. TRANSITO: Válidas únicamente para transitar por el territorio del País de que se trate sin tomar ni dejar mercancías. ENTRADA EN VACIO: Permiten entrar un vehículo en vacío para salir con carga del País. TRIANGULARES: Permiten tomar carga en un País para dejarla en otro distinto de los firmantes del Acuerdo, transitando el vehículo por el País de matriculación. (Ejemplo, Vehículo español que toma carga en Marruecos con destino a Bielorrusia). TRIANGULARES IRREGULARES: A diferencia de las triangulares puras no exigen el tránsito por el País de matriculación del vehículo. (ejemplo: vehículo español que toma carga en Alemania con destino a la Ucrania). FUERA DE CONTINGENTE: No se computan dentro del global de autorizaciones intercambiadas de carga general y sirven únicamente para determinados tipos de transportes de especialidad (frigoríficos, mudanzas). COOPERACION: Cubren los servicios resultantes de Acuerdos de colaboración entre empresas de transporte de los dos países firmantes del Acuerdo. UNIVERSALES: Sustituyen a cualquiera de las autorizaciones anteriores y, por lo tanto, pueden utilizarse en tránsito, para entradas en vacío, para tráficos triangulares…, etc. |
Espero que este artículo te haya sido de utilidad. A continuación te dejo otros artículos relacionados que te van a interesar:
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