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La carta de porte electrónica e-CMR

Tiempo de lectura estimado: 8 minutos

Hoy tratamos la carta de porte electrónica e-CMR y el convenio referente al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera, conocido como la convención CMR. El protocolo del eCMR entró en vigor año 2008 y España se adhirió en el año 2011.

¿Qué es la convención CMR?

El contrato de transporte internacional de mercancías por carretera viene regulado en el Convenio CMR, suscrito en Ginebra el 19 de mayo de 1.956 y ratificado por España en 1.974, conocido como la convención CMR.

El contrato de transporte

Para entender la carta de porte, lo primero que necesitamos es acotar el concepto de contrato de transporte:

Es aquel por el cual el porteador se obliga, mediante un precio, a trasladar de un lado a otro personas, cosas o ambos a la vez.

Esta prestación tiene como contrapartida el pago de una determinada cantidad, ya que el contrato de transporte es oneroso.

¿Cuándo se aplica la convención CMR?

la convención CMR se aplica a:

  • Todo contrato de transporte de mercancías por carretera realizado a título oneroso (transporte por cuenta ajena),
  • por medio de vehículos,
  • siempre que el lugar de la toma de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega al destinatario, tal como están indicados en el contrato, estén situados en dos países diferentes,
  • y uno de los cuales al menos sea un país contratante, independientemente del domicilio y nacionalidad de las partes del contrato.
  • Y se aplica incluso cuando parte del recorrido sea por barco, ferrocarril o avión.

¿Qué es la carta de porte?

El contrato de transporte se formaliza en la llamada carta de porte CMR.

La Carta de Porte es prueba fehaciente de las condiciones del contrato de transportes y de la recepción de la mercancía por el transportista.

Se expide en tres ejemplares originales, firmados por el remitente y el transportista.

Estas firmas pueden ser impresas o reemplazadas por los sellos del remitente y del transportista si la legislación del país donde la Carta de Porte se expide lo permite.

  • El primer ejemplar (color rojo) queda en poder del remitente,
  • el segundo (color azul) acompaña a la mercancía y se entrega al destinatario,
  • el tercero (color verde) queda en poder del transportista.

Habitualmente hay un cuarto ejemplar (negro), también para el transportista.

¿Cómo se formaliza la carta de porte?

La carta de porte es de libre edición, pero su correcta cumplimentación es un aspecto clave del contrato de transporte. 

Si la mercancía se transporta en más de un vehículo, o se trata de varias mercancías diferentes, el transportista tiene derecho a exigir tantas cartas de porte como vehículos utilice o lotes de mercancía transporte.

Es necesario que se expida una carta de porte CMR por cada expedición que integre el vehículo, permitiéndose una sola carta de porte CMR si la carga se ha realizado en régimen completo.

El Convenio CMR establece que cualquiera de las partes podrá aportarlo, es decir Porteador (transportista o su agente) o expedidor (normalmente vendedor).

¿De qué partes se compone la carta de porte?

  • Casilla 1. Remitente: El remitente, como parte del contrato de transporte junto al transportista, es quien le entrega las mercancías en origen. 
  • Casilla 2. Destinatario: Datos de la empresa a la que el transportista debe entregar en destino las mercancías.
  • Casilla 3. Lugar de entrega de la mercancía: Lugar en que el transportista debe entregar las mercancías en destino.
  • Casilla 4. Lugar y fecha de carga de la mercancía: Ambas hacen referencia al lugar donde se produce la carga, así como la fecha de la misma.
  • Casilla 5. Documentos anexos: Casilla reservada para listar los documentos que se anexan con la mercancía o que viajan en la valija del vehículo.
  • Casilla 6. Marcas y número: El remitente debe identificar todos estos datos del envío. Es habitual indicar las marcas comerciales que lo identifican y que se observan en el embalaje; el número de bultos y el modo de embalaje y una descripción suficiente e identificativa de la mercancía. Si es mercancía peligrosa, debe detallarse según las indicaciones del Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), que regula este tipo de transporte.
  • Casilla 7. Número de bultos: Hace referencia al número de cajas, bidones, etc
  • Casilla 8. Clase de embalaje: Caja, bidones, pallets, etc.
  • Casilla 9. Naturaleza de la mercancía: Descripción detallada de la mercancía transportada.
  • Casilla 10. Número Estadístico: Partida estadística de la mercancía (código arancelario de al menos 6 dígitos).
  • Casilla 11. Peso bruto Kg: El peso de la mercancía, incluido los embalajes.
  • Casilla 12. Volumen m3: Volumen en metros cúbicos.
  • Casilla 13. Instrucciones del remitente: Casilla reservada para hacer indicar ciertas instrucciones que el remitente transmite al porteador, siendo la más común “entrega de documentos contra pago de la mercancía (pagaré de importe…). Se suelen incluir todo tipo de instrucciones relativas a aspectos como formalidades aduaneras, prohibición de trasbordo, seguro de las mercancías, temperatura, horas de llegada y salida de los almacenes, registro del intercambio de los palés y, cada vez con más frecuencia, el plazo de transporte (a veces, se indican la fecha y el intervalo horario para entregar en destino).
  • Casilla 14. Forma de pago: En función del Incoterm establecido el precio del transporte lo deberá abonar el vendedor (porte pagado), o el comprador (porte debido).
  • Casilla 15. Reembolso: Si la entrega de la mercancía está condicionada al pago en metálico de una cantidad.
  • Casilla 16. Porteador. Datos identificativos del primer porteador de la mercancía.
  • Casilla 17. Porteadores sucesivos: Si hubiesen más de un porteador, estos deberán constar con sus datos identificativos.
  • Casilla 18.- Reservas y observaciones del porteador. Si en el momento de la carga y estiba en el vehículo, el porteador observara algún daño aparente en la mercancía, éste deberá hacerlo constar en esta casilla, a efectos de limitar su responsabilidad por daños.
  • Casilla 19. Estipulaciones particulares: Hace referencia a estipulaciones particulares sobre la mercancía, lo que puede limitar, por ejemplo, la velocidad para no dañarla.
  • Casilla 20. A pagar. Hace constar el precio del transporte y los gastos de manipulación (no es una casilla que habitualmente se cumplimente, a no ser que las condiciones del Crédito Documentario así lo establezcan.
  • Casilla 21. Formalizado en: Lugar donde se formaliza la carta de porte CMR.
  • Casilla 22. Firma y sello del remitente: Estos datos deben ser cumplimentados una vez se ha realizado la carga al vehículo.
  • Casilla 23. Firma y sello del transportista: Identificación del transportista.
  • Casilla 24. Firma y sello del destinatario o consignatario: Hace referencia a la identificación del destinatario de la mercancía, siendo la prueba documental de la salida efectiva del territorio fiscal, a efectos de la exención del IVA en las ventas exteriores.

¿Cuándo no es necesaria la carta de porte?

Están excluidos del ámbito de aplicación de la convención CMR:

  • Los transportes postales
  • Los transportes funerarios
  • Los transportes de mudanzas

¿Qué es la carta de porte electrónica e-CMR?

La carta de porte digital, es aquella emitida mediante comunicación electrónica por un transportista, un remitente o cualquier otra parte interesada en la ejecución de un contrato de transporte al que le sea de aplicación el Convenio CMR, incluyendo las indicaciones digitales relativas a la comunicación electrónica en forma de datos adjuntos o unidas de otra forma a dicha comunicación electrónica en el momento de su expedición o posteriormente, de manera que sean parte integrante de la misma. 

Las partes en el contrato de transporte certificarán la carta de porte electrónica mediante una firma electrónica fiable que garantice su vínculo con la carta de porte electrónica. La firma electrónica servirá de método de certificación.

La fiabilidad del procedimiento de firma electrónica se presumirá, salvo prueba en contrario, cuando la firma electrónica:

  • a) Esté vinculada únicamente al firmante;
  • b) permita identificar al firmante;
  • c) haya sido creada utilizando medios que el firmante pueda mantener bajo su exclusivo control;
  • d) esté vinculada a los datos a los que se remite de manera que cualquier modificación posterior de los datos pueda ser detectada.

La carta de porte electrónica contendrá las mismas menciones que la carta de porte en formato papel a que se refiere el Convenio.

Se pueden expedir o firmar CMRs a través de plataformas digitales, que garantizan la legitimidad de todos los datos generados durante su uso.

La carta de porte electrónica se considera como equivalente a la carta de porte en formato papel, y por ello, tendrá la misma fuerza probatoria y producirá los mismos efectos que esta última.

Ventajas de la carta de porte e-CMR

  • Reduce los costes de gestión administrativa de todos los participantes.
  • Es digital y en pantalla. No se pierde.
  • Permite al expedidor adjuntar todo tipo de documentos.
  • Es aceptado en inspección en carretera (R.D 70/2019)
  • Al ser digital, se puede facturar desde el momento de la firma de la aceptación de entrega en destino.
  • Las reservas de aceptación se pueden tramitar adjuntando archivos o fotografías.

La carta de porte e-CMR entró en vigor año 2008 y España se adhirió a este protocolo del eCMR en el año 2011.

Espero que este artículo te haya sido de utilidad, si tienes dudas puedes dejármelas en los comentarios más abajo. A continuación te dejo otros artículos relacionados con el tema de hoy que creo que te podrían ser de utilidad:

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Por Belén Gómez

Soy Belén Gómez, Responsable de desarrollo de negocios y marketing de la División S3.
Escribo con un objetivo claro: ayudar a la digitalización del sector y apoyar a sus empresas para ser rentables.
Llevo más de 20 años trabajando en una de las empresas Internacionales de mayor renombre del Sector de Vehículo Industrial, Continental Automotive Spain.

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