Tiempos de conducción y descanso: Excepciones temporales del 10 al 20 de diciembre 2021

Tiempo de lectura estimado: 3 minutos
El objeto de este artículo es darte a conocer estas excepciones del 10 al 20 de diciembre del 2021 en los tiempos de conducción y descanso. Pueden resultarte de utilidad en el caso de haber superado los tiempos de conducción, o minorado los tiempos de descanso, durante este periodo de excepción y así saber que NO puedes ser sancionado.
Tabla de contenidos
¿A qué se deben estas excepciones temporales de las normas de tiempos de conducción y descanso?
La pasada convocatoria de paro patronal del sector del transporte de mercancías por carretera fijado para los días 20, 21 y 22 de diciembre con el riesgo probable de desabastecimiento a nivel nacional de mercancías, llevo a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a dictar una resolución al amparo del artículo 14 del Reglamento (CE) núm. 561/2006, exceptuando de cumplir determinadas normas sobre tiempos de conducción y descanso a los conductores de vehículos destinados al transportes de mercancías en todo el territorio nacional.
Periodo de aplicación de las excepciones de la Resolución de 20 de diciembre de 2021 de la Dirección General de Transporte Terrestre.
Las excepciones se aplicaron en el periodo de tiempo comprendido desde el 10 de diciembre de 2021 al 20 de diciembre de 2021 ambos inclusive.
¿Cuáles son las excepciones?
- Sustitución del límite de conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas.
- Sustitución del límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
- Sustitución del límite de conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 102 horas.
- Reducción de los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.
- Posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se tome la compensación de los mismos junto con el siguiente descanso semanal normal.
¡Importante, lleva la Resolución impresa a bordo del vehículo!
Te aconsejamos que descargues e imprimas la resolución llevándola a bordo del vehículo, con ello evitarás sanciones en tu viaje, en caso de desconocimiento por las autoridades de control de estas excepciones al cumplimiento de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso.

A continuación te dejo acceso a la normativa legal para que puedas consultarla y, en su caso, descargarla e imprimirla:
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-21191
- EUR-Lex – 02006R0561-20200820 – ES – EUR-Lex (europa.eu)
Recuerda que puedes inscribirte en nuestros cursos de formación donde verdaderos profesionales te enseñarán todo lo necesario sobre el tacógrafo y los tiempos de conducción y descanso. Para más información pincha en el botón más abajo.
CURSO DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Espero que esta información te sea de utilidad, a continuación te dejo otros artículos relacionados con los tiempos de conducción y descanso:
También te puede interesar ...
¿El fin de la gestión manual de las flotas para las pymes?
La gestión manual de las flotas se está quedando obsoleta tambien para las PYMES del transporte. Procesos lentos, errores humanos y la falta de visibilidad en tiempo real son síntomas…
Cambio de hora en el tacógrafo 2025
En este artículo te cuento todo lo relacionado con los cambios en el horario oficial en 2025: cómo se aplican al tacógrafo, ya sea analógico, digital o inteligente, y si…
Alerta: Las autoridades ya sancionan a los vehículos sin tacógrafo inteligente 2GV2
En VDO, siempre nos hemos destacado por ofrecer información de calidad y relevante para el sector del transporte profesional. Hoy queremos lanzar una alerta urgente: desde el pasado 1 de…
Suscríbete a nuestro blog
¿Quieres estar informado?