Transporte Francia: 1 año de prisión y multa de 30.000 euros por no equipar el tacógrafo correspondiente
En nuestro país vecino: Francia, la implementación del Reglamento 1054/2020 en el transporte se acompaña de medidas legales significativas. Desde Tacógrafo Inteligente, te recuerdo que: la falsificación de documentos, datos electrónicos o la omisión de instalar el tacógrafo correspondiente, no solo conlleva sanciones económicas considerables de hasta 30.000 euros. También implica consecuencias legales graves, incluyendo un año de prisión. Además, se procederá a la inmovilización del vehículo hasta que se resuelva el problema.
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Plazo máximo de sustitución a tacógrafo inteligente de segunda generación
El Reglamento 1054/2020, que modifica el Reglamento 165/2014, establece que los vehículos de primera matriculación a partir de 21 de agosto de 2023 debían llevar instalado el tacógrafo inteligente de segunda generación V2.
Sin embargo, semanas antes de esa fecha se hizo patente la problemática que se podría generar en el régimen normal de renovación de flotas, ante una falta de stock de tacógrafos inteligentes de segunda generación V2, para atender toda la demanda de matriculaciones de vehículos para uso profesional.
Por este motivo, los países de la UE, con similares circunstancias, acordaron habilitar un régimen extraordinario de pre-matriculación antes del 21 de agosto y que, una vez completada su matriculación, antes de la finalización de 2023, constará en su permiso de circulación que han sido matriculados con fecha anterior al 21 de agosto.
La relación de vehículos afectados fue de aproximadamente 10.000 unidades, que podrán seguir utilizando el tacógrafo inteligente V1. En el caso de que realicen transporte internacional, les será de aplicación, como al resto de vehículos que tengan instalado un tacógrafo V1, el plazo máximo del 18 de agosto de 2025, para sustituirlo por un tacógrafo inteligente de segunda generación V2.
Aplazamiento de los plazos de implantación del tacógrafo
Para entender esta excepción, es necesario recordar la reunión celebrada el 3 de octubre de 2023, del Comité de Transporte Terrestre de la Comisión Europea, presidido por la Dirección General de Movilidad y Transportes (DG MOVE) en el que se trató nuevamente la implantación del tacógrafo inteligente de segunda generación versión 2 en vehículos de nueva matriculación, a partir del 21 de agosto de 2023, y la escasez de suministro de los mismos.
En esta reunión, se solicitó a la Comisión Europea un aplazamiento de los plazos de implantación de dicho tacógrafo o una guía de actuación en materia de control.
Al respecto, la DG MOVE explicó que la inspección es competencia de los Estados miembros por lo que no tenía: “intención de intervenir en este asunto”, y que la fecha del 21 de agosto de 2023 estaba fijada en un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo y que, por tanto, no tenía capacidad para modificarla.
Escasez de tacógrafos inteligentes de segunda generación V2
Ante la situación actual, en la que se sigue observando escasez de tacógrafos de segunda generación V2, desde el 21 de agosto de 2023, y que la mayoría de los Estados expresaron su voluntad de adherirse a un enfoque armonizado.
Se consideró que los Estados miembros podrían aplicar una flexibilidad en materia de inspección hasta el 31 de diciembre de 2023, con respecto a posibles instalaciones de tacógrafo inteligente de segunda generación V1 en vehículos matriculados, después del 21 de agosto de 2023, con independencia de que el vehículo se dedique al transporte nacional o internacional.
Asimismo, la DG MOVE sugirió que la sustitución de un tacógrafo inteligente V1 por un tacógrafo inteligente V2 en los vehículos matriculados excepcionalmente entre el 21/08/2023 y el 31/12/2023 podría hasta el 18 de agosto de 2025, para hacerlo coincidir con la fecha límite para la sustitución de los tacógrafos V1, de los vehículos en servicio, para el transporte internacional.
La DG MOVE continuará analizando la situación, junto con el Comité, durante los próximos meses, en particular en lo que respecta a los hitos futuros relacionados con el tacógrafo inteligente de segunda generación V2.
DG MOVE: los vehículos matriculados excepcionalmente entre el 21/08/2023 y el 31/12/2023 podría hasta el 18 de agosto de 2025.
Nuevas exigencias normativas del tacógrafo inteligente de segunda generación versión 2
Os recordamos que los tacógrafos inteligentes de segunda generación han tenido que adaptarse a la normativa europea creando una segunda versión (V2), de manera que incorporen las nuevas exigencias, tales como:
- Registro automático del cruce de fronteras.
- Registro de las posiciones en operaciones de carga y descarga.
- Nuevos incidentes o datos a intercambiar con la autoridad de control a través del sistema de Teledetección temprana de posibles manipulaciones o usos indebidos.
- Interfaz con sistemas de transporte inteligentes.
Francia en relación al tacógrafo inteligente de segunda generación V2
En Francia, se aprobaron disposiciones transitorias excepcionales para la matriculación de vehículos nuevos equipados con tacógrafos inteligentes de segunda generación versión 1. Para ello, se adicionó una medida, de excepción temporal, que permite a los vehículos pesados con un certificado de matriculación provisional de tipo WW, válido y establecido a más tardar el 20 de agosto de 2023, circular cargados al amparo de este certificado de matriculación provisional.
El objeto de estas disposiciones transitorias excepcionales fue responder a una situación sin precedentes, de afluencia masiva de solicitudes de matriculación relacionadas con vehículos pesados.
En este contexto, se debe tener en cuenta que esta instrucción especifica que la fecha límite para obtener un certificado de registro provisional para acogerse a sus disposiciones es el 20 de agosto de 2023. Además, debes tener en cuenta el período máximo de validez de dicho certificado de matriculación provisional, que es de 6 meses. De hecho, la excepción prevista en la presente orden finaliza el 21 de febrero de 2024.
Multas tacógrafo en Francia
En Francia, debes tener en cuenta que: La falsificación de documentos o datos electrónicos, suministrar información falsa, la utilización irregular, la modificación de los dispositivos destinados al control o no haber instalado el tacógrafo correspondiente, supone un año de prisión y una multa de 30.000 euros. Además, te Inmovilizarán el vehículo hasta que se haya subsanado el problema.
Espero que este artículo te haya sido de utilidad. A continuación te dejo otros artículos que te pueden interesar:
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