Transportes por carretera a Reino Unido 2024
En este artículo te muestro todo lo que necesitas saber de transportes por carretera entre Reino unido, Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Unión Europea.
Tabla de contenidos
¿Qué requisitos debemos cumplir los transportistas españoles para realizar un transporte a Reino Unido?
En este artículo voy a describir los requisitos que deben cumplir los transportistas españoles que realicen transportes por carretera hacia, desde o en el interior del Reino Unido, para lo cual tomaremos como base el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, publicado el 31 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la UE.
El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte dejaron de ser Estados miembros de la UE y pasaron a tener la consideración de terceros países el 31 de enero de 2020, tras la ratificación del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
Desde el 1 de enero de 2021 el Derecho de la Unión Europea dejó de aplicarse en el Reino Unido y entró en vigor un Acuerdo de Comercio y Cooperación entre ambas partes con numerosas áreas entre las que destacan el transporte.
A continuación, vamos a distinguir entre:
- Transporte público de mercancías
- Transporte de viajeros por carretera
A.- Transporte público de mercancías por carretera a Reino Unido.
A.1 Transportes Internacionales permitidos a Reino Unido
Los transportistas de mercancías por carretera matriculados en España pueden realizar:
- (a) Recorridos con carga utilizando un vehículo desde España hasta el Reino Unido, con o sin tránsito a través del territorio de un tercer país, entendiendo como tercer país aquel que no pertenece a la U.E;
- (b) Recorridos con carga utilizando un vehículo desde España al territorio de cualquier estado miembro de la Unión Europea con tránsito a través del territorio del Reino Unido;
- (c) Recorridos con carga utilizando un vehículo desde o hacia España con tránsito a través del territorio del Reino Unido;
- (d) Recorridos de vacío utilizando un vehículo en combinación con los recorridos mencionados en las letras a), b) y c).
A.2 Cabotaje dentro del Reino Unido
Los transportistas españoles de mercancías por carretera, pueden realizar hasta dos recorridos con carga dentro del territorio del Reino Unido, siempre que dichos recorridos:
- (a) sean posteriores a un viaje desde el territorio de la Unión autorizado en virtud del apartado 1, letra a); y
- (b) se lleven cabo en un plazo de siete días después de la descarga en el territorio del Reino Unido de las mercancías transportadas en el recorrido a que se refiere la letra a).
Transportes exentos del requisito de Licencia CE
- El transporte de correo como servicio universal;
- El transporte de vehículos accidentados o averiados;
- El transporte de mercancías en vehículos de motor cuya masa de carga admisible, incluida la de los remolques, no exceda de 2,5 toneladas;
- El transporte de productos, aparatos, equipos y otros artículos médicos necesarios para la atención médica en situaciones de ayuda de emergencia, en particular, en caso de desastres naturales y asistencia humanitaria;
- El transporte de mercancías en vehículos siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- i) que las mercancías transportadas sean propiedad de los transportistas de mercancías por carretera o hayan sido vendidas, compradas, dadas en alquiler o alquiladas, producidas, extraídas, transformadas o reparadas por el transportista;
- ii) que el objeto del viaje sea transportar las mercancías a las instalaciones del transportista de mercancías por carretera o expedirlas desde dichas instalaciones o desplazarlas en el interior o al exterior de las instalaciones para sus propias necesidades;
- iii) que los vehículos utilizados para dicho transporte sean conducidos por personal empleado por el transportista de mercancías por carretera o puesto a su disposición con arreglo a una obligación contractual;
- iv) que los vehículos que transporten las mercancías sean propiedad del transportista de mercancías por carretera, hayan sido comprados por él a crédito o hayan sido alquilados; y
- v) que dicho transporte no sea más que una actividad accesoria a las actividades generales del transportista de mercancías por carretera;
- El transporte de mercancías mediante vehículos de motor con una velocidad máxima autorizada que no supere los 40 km/h.
Requisitos para transporte internacional y cabotaje en Reino Unidos
Para realizar los transportes indicados en puntos a1 y a2, se deberá cumplir lo siguiente:
- El transportista debe ser titular de una Licencia CE válida.
- El conductor del vehículo debe ser titular de un Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
- El conductor debe cumplir las normas sobre tiempo de conducción y de trabajo, períodos de descanso, pausas y uso de tacógrafos. Si se realiza transporte con el Reino Unido y países de la Unión Europea (UE) se debe cumplir el Reglamento (UE) 561/2006.
Ejemplo: Transportista español que carga mercancías en Francia con destino al Reino Unido.
- Si la operación de transporte internacional se realiza parcialmente fuera del territorio de los lugares indicados en el punto anterior, es decir en cualquier país que no sea miembro de la Unión Europea, ni del Reino Unido, durante todo el trayecto se aplicará el Acuerdo europeo sobre trabajo de tripulaciones de vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR) firmado en Ginebra el 1 de julio de 1970, en lugar del Reglamento (UE) 561/2006.
Ejemplo: Transportista español que carga mercancías en Marruecos con destino al Reino Unido.
B. Transporte de viajeros por carretera a o desde Reino Unido
b1. Transporte discrecional
Para el transporte de viajeros discrecional se aplica el Convenio Interbus que ha sido ratificado por la UE y por el Reino Unido.
No se precisa autorización, para los siguientes tipos de servicios discrecionales:
- 1) Viajes a puerta cerrada,
- 2) Servicios que realizan el viaje de ida con pasaje y el de vuelta sin pasaje.
- 3) Servicios en que el viaje de ida se hace sin pasaje y se recoge a todos los viajeros en el mismo lugar, siempre que cumplan una de las siguientes condiciones:
- a) los viajeros constituyen, grupos que se han formado en virtud de contratos de transporte.
- b) los viajeros han sido llevados previamente, por el mismo transportista en el curso de un viaje anterior.
- c) se ha invitado a los viajeros a viajar al territorio de otra Parte contratante, siendo la persona que invita quien sufraga los costes del transporte.
b2. Transporte regular
Los servicios regulares y regulares especiales están sujetos a autorización. La solicitud de autorización se formula ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Medio Ambiente y Agenda Urbana.
Documentación que debe conservarse en el autocar o autobús.
Para realizar los transportes indicados en puntos b1 y b2, se deberá cumplir lo siguiente:
- Transporte regular
- La autorización, o su copia certificada.
- La licencia CE del transportista, o su copia auténtica.
- Servicio regular especial
- La autorización, o su copia certificada.
- La licencia CE del transportista, o su copia auténtica.
- El contrato entre el organizador y el transportista, o una copia de este, así como un documento que acredite que los viajeros constituyen una categoría específica de viajeros con exclusión de todos los demás.
- Servicio discrecional
- Una hoja de ruta cumplimentada.
- Una copia auténtica de la licencia para realizar el servicio discrecional internacional.
- Requisitos de los conductores
- Estar en posesión de un certificado de aptitud profesional (CAP).
- Cumplir las normas sobre tiempos de conducción, períodos de descanso, pausas y uso de tacógrafos, conforme con el Reglamento 561/2006, según ha sido modificado por el Paquete de Movilidad I.
- Ejemplo 1: Transportista español que realiza un servicio discrecional en la modalidad de circuito a puerta cerrada con punto de partida en España e itinerario por Francia, Bélgica, Reino Unido y punto de final en España, se aplica el Reglamento 561/2006.
- Ejemplo 2: Transportista español que realiza un servicio discrecional en la modalidad de circuito a puerta cerrada con punto de partida en España e itinerario por Francia, Bélgica, Reino Unido, Turquía y punto de finalización en España, se aplica el Reglamento 561/2006.
- Cumplir con las normas de utilización del tacógrafo conforme con el Reglamento 165/2014, según ha sido modificado por el Paquete de Movilidad I.
Espero que este artículo te haya sido útil en el caso de que realices transporte de mercancías o viajeros a UK United Kingdom (Reino Unido). A continuación te dejo otros artículos relacionados que te van a interesar,
También te puede interesar ...
IMI: el control del desplazamiento de conductores
En este artículo te explico cómo el Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) se ha convertido en una herramienta clave para controlar el desplazamiento de conductores en el transporte…
Tacógrafo Averiado
En este artículo, te explico qué hacer si tu tacógrafo se ha averiado o se ha quedado obsoleto. Te guiaré por las versiones más recientes de los tacógrafos DTCO disponibles…
Procedimiento sancionador en Transporte por carretera
En el sector del transporte por carretera, es fundamental conocer el marco normativo que regula las sanciones y procedimientos administrativos. Si eres transportista, gestor de flotas o empresario del sector,…
Suscríbete a nuestro blog
¿Quieres estar informado?