Escasez de conductores profesionales en España

Escasez de conductores en España

Entrada de conductores extracomunitarios

España arrastra desde hace años una escasez estructural de conductores profesionales, estimada en torno a 30.000 puestos vacantes. Las causas principales son el envejecimiento de la profesión, la falta de relevo generacional y unas condiciones laborales poco atractivas para los jóvenes.

Para cubrir este vacío, tanto el sector como las administraciones están recurriendo de forma creciente a la contratación de conductores procedentes de Sudamérica y otros países extracomunitarios, impulsada por cambios normativos, acuerdos internacionales y programas específicos de reclutamiento.

Punto clave para trabajar como conductor profesional en España: la formación

El artículo 36.3 de la Ley Orgánica 4/2000 establece que, cuando un extranjero quiera trabajar por cuenta propia o ajena en una profesión que requiera titulación especial, la autorización queda condicionada a disponer del título correspondiente y, en su caso, a su homologación.

En España, las profesiones de conductor de camión (C) o conductor de autobús (D) requieren dos elementos obligatorios:

  • Permiso de conducir de las clases C o D.
  • Certificado de Aptitud Profesional (CAP).

Según la normativa, el CAP debe obtenerse en España. Por ello, las empresas que contraten conductores extranjeros deben garantizar:

1. Requisitos generales de extranjería, según la normativa vigente.
2. Requisitos adicionales de formación, imprescindibles para poder desempeñar la profesión.

Documentación específica necesaria para trabajar como conductor en España

1. Certificado de Aptitud Profesional (CAP)

Acredita la cualificación inicial obligatoria.
Debe obtenerse:

  • En el Estado miembro donde el conductor comunitario tenga su residencia habitual, o
  • En el Estado miembro donde esté establecida la empresa (en el caso de conductores de terceros países).

Exenciones:
Estarán exentos del CAP inicial los conductores que tengan permisos:

  • Clase D expedido antes del 11 de septiembre de 2008.
  • Clase C expedido antes del 11 de septiembre de 2009.

Estos conductores sí deben realizar la formación continua de 35 horas (CAP continuo).

2. Permiso de conducción C o D

El extranjero podrá conducir en España durante seis meses con su permiso de origen siempre que:

  • Esté en vigor.
  • Cumpla la edad legal mínima en España.
  • Cumpla los acuerdos bilaterales o multilaterales firmados con España.

Tras esos seis meses, el permiso pierde validez y es obligatorio su canje:

A. Si el país tiene convenio con España:

→ El canje es viable conforme a los términos del acuerdo.

B. Si el país NO tiene convenio:

→ El conductor deberá:

  • Acreditar haber trabajado al menos 6 meses como conductor profesional en España.
  • Superar un examen práctico para obtener el permiso español.

Cómo contratar a un conductor extranjero: vías legales

Para conductores extranjeros sin CAP válido en España y que no residen en España en el momento de la solicitud, existen cuatro vías principales:

1. Contratación por cuenta ajena inicial (para casos exentos de CAP inicial)

Aplica a los conductores exentos del CAP inicial según el artículo 3.2 del Real Decreto 284/2021.
Solo necesitan realizar el CAP continuo (35 horas) para obtener la tarjeta CAP tras superar el curso.

2. Como estudiantes (para personas que aún viven en el extranjero)

El interesado solicitará una estancia por estudios (art. 37.1a del Reglamento de Extranjería).

Durante esta estancia deberá cursar el CAP inicial, que habilita para conducir vehículos de las categorías C (camiones) y D (autobuses).

3. Arraigo para la formación (si la persona está en situación irregular en España)

Pueden solicitarlo los extranjeros que:

  • Lleven al menos 2 años en España en situación irregular.

Permite obtener una residencia temporal por arraigo para la formación (art. 124.4 del Reglamento).

El interesado deberá matricularse en:

  • Un centro habilitado para obtener el CAP, o
  • Un Grado de Formación Profesional de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera.

4. GECCO: Gestión Colectiva de Contratación en Origen (contrataciones estacionales)

Permite obtener una autorización de residencia y trabajo de 4 años, válida para trabajar:

  • Un máximo de 9 meses al año, bajo el modelo fijo-discontinuo.

El trabajador debe retornar a su país al finalizar cada campaña y será llamado de nuevo el año siguiente.

Formación para conductores profesionales (Tacógrafo y normativa)

Si eres un conductor extracomunitario que quiere trabajar en España o una empresa que necesita formar rápidamente a sus nuevos conductores, ponemos a tu disposición nuestra formación especializada sobre tacógrafo, normativa y manejo profesional.

En Tacógrafo Inteligente encontrarás:

Estos cursos ayudan al conductor a adaptarse más rápido al sistema español, evitar sanciones y mejorar su empleabilidad, y permiten a las empresas reducir tiempos de integración y garantizar el cumplimiento normativo desde el primer día.

Importante

Tanto si eres conductor extracomunitario como si eres empresa de transporte, la Administración pone a disposición los mecanismos legales necesarios para cubrir la demanda de empleo en el sector del transporte terrestre.

La contratación irregular puede generar graves incumplimientos en materia de:

  • Extranjería
  • Transportes
  • Seguridad Social

Y puede acarrear sanciones muy graves tanto para el empresario como para el conductor.

Acceso a la información legal

Puedes consultar la normativa oficial a través del siguiente enlace:

➡️ https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm

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