logo

Temas del blog  

Trabajo nocturno y tiempos de conducción y descanso

En este post, te explico el complejo escenario normativo sobre tiempos de conducción y descanso asociado al trabajo nocturno y cómo evitar sanciones y garantizar la seguridad de los trabajadores móviles.

¿Qué es el trabajo nocturno?

Según recoge la Directiva 2003/88/CE el trabajo nocturno es todo trabajo realizado durante el período, de un mínimo de cuatro horas, entre las 00.00 y las 7.00 horas

Uno de los puntos clave de esta Directiva que recoge en su artículo 7 es la regulación del trabajo nocturno.

Concretamente, explica que los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para garantizar que: “cuando se efectúe trabajo nocturno, el tiempo de trabajo normal no exceda de 8 horas como media por cada periodo de 24 horas”.

Software Legal de Tacógrafo
¡Te lo configuramos a tu medida! 
Oferta:
14,90 €
¡al mes!

*antes 17,90 €

Además, recoge que “los trabajadores nocturnos cuyo trabajo implique riesgos especiales o tensiones físicas o mentales importantes no trabajarán más de 8 horas en el curso de un periodo de 24 horas durante el cual realicen un trabajo nocturno”.

Como gestor de flotas debes asegurarte de que tus conductores respeten estas normas marcadas por la Unión Europea y también deberás tener en cuenta el límite de tiempo medio de trabajo semanal que son: 48 horas.

Por ello, no debes olvidar algunas consideraciones relativas a los tiempos de conducción y descanso que se recogen en el Reglamento (CE) nº 561/2006 y que las resumo de la siguiente manera:

Los conductores profesionales solo pueden conducir durante un máximo de 9 horas al día.

Y, aunque, pueden ampliar el tiempo diario de conducción a un máximo de 10 horas hasta dos veces por semana, no pueden conducir más de 56 horas semanales y el tiempo total de conducción cada dos semanas no puede superar las 90 horas.

En caso necesario, pueden ampliar el tiempo de trabajo hasta un máximo de 60 horas semanales.

Esta ampliación solo es posible si los empleados trabajan una media de 48 horas por semana durante un período de 4 meses.

Para que sea más fácil de entender y a modo de ejemplo, te expongo un caso:

  • Imagina que tienes que enviar a un conductor para transportar mercancías a otro país de la Unión Europea.
  • En el transcurso de una semana, este conduce durante 56 horas y pasa 4 horas haciendo trabajos de mantenimiento del vehículo: 60 horas en total.
  • Para cumplir las normas de la Unión Europea que fijan la duración media del tiempo de trabajo semanal en 48 horas, el conductor debe trabajar menos de 48 horas durante las semanas siguientes a este encargo dentro del período de referencia de 4 meses.

Pausas durante la jornada laboral

Como gestor de flotas, también debes tener en cuenta las pausas que deben realizar tus conductores.

Es muy importante que tengas en cuenta que tras un período de conducción de 4,5 horas tus conductores deben hacer una pausa ininterrumpida de 45 minutos, como mínimo, a menos que se tomen un período de descanso.

Otra opción que te recomendamos es dividir esta pausa en dos partes: una primera pausa de una duración mínima de 15 minutos, seguida de una segunda pausa de al menos 30 minutos.

Períodos de descanso

Además, debes tener en cuenta los periodos de descanso, que te resumo de la siguiente manera:

Períodos de descanso diarios

El conductor puede dividir el período de descanso diario normal en dos partes: la primera parte deberá ser de al menos 3 horas, y la segunda, de al menos 9 horas, de modo que la suma de ambas sea, como mínimo de 12 horas.

Además, debes tener en cuenta que los conductores deben completar el período de descanso diario en un plazo de 24 horas desde el inicio de la jornada laboral.

Descanso semanal

Los conductores que tomen períodos de descanso ininterrumpidos de 45 horas o más deben descansar en un alojamiento apropiado y adaptado para ambos sexos, que disponga de instalaciones para dormir y sanitarias adecuadas, y no en la cabina del vehículo.

Recuerda que con la aprobación del Paquete de Movilidad la empresa debe pagar los gastos de alojamiento.

Por ello, recuerda que: al gestionar el calendario de trabajo de tus conductores, debes asegurarte de que estos tengan 45 horas de descanso continuo tras 6 días de conducción, y al menos 24 horas cada dos semanas.

Normas especiales para los conductores que transportan mercancías

Se aplican normas excepcionales a los conductores que efectúan transportes internacionales de mercancías:

  • Los conductores pueden tener dos períodos consecutivos de descanso semanal reducido en el extranjero, siempre que en cuatro semanas consecutivas tengan al menos cuatro períodos de descanso semanal. Al menos dos de esos períodos de descanso deben ser períodos de descanso semanal normales.
  • Después de dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos, deberás organizar el regreso de su conductor durante la tercera semana.
  • En la tercera semana, el tiempo de descanso compensatorio deberá preceder al período de descanso semanal normal y tomarse unido a él.
  • El Reglamento (EU) 2020/1054, en vigor desde agosto de 2020, establece una gran excepción sobre la forma de tomar los descansos semanales durante el transporte internacional de mercancías.
  • Esta excepción considera que podrán tomarse dos descansos semanales reducidos consecutivos en semanas diferentes durante rutas internacionales de transporte de mercancías. Para poder acogerse a esta excepción, habrá que cumplir dos requisitos:
    • 1.- Que los dos descansos semanales reducidos consecutivos se tomen fuera del país de residencia del conductor, y fuera del país de establecimiento de la empresa de transporte.
    • Que, en el plazo de cuatro semanas, se tome un total de cuatro descansos semanales, siendo dos de ellos descansos semanales normales.

A pesar de la excepción, los descansos semanales reducidos deben compensarse en los términos anteriormente explicados: junto con otro descanso diario o semanal, y antes de que pasen tres semanas desde que se tomó el descanso semanal reducido.

Regreso del conductor

Como gestor de flota debes organizar el trabajo y el tiempo de descanso del conductor de forma que este no esté fuera de su domicilio durante más de cuatro semanas consecutivas.

Según las normas de la Unión Europea, el lugar de retorno del conductor puede ser:

  • 1.- La residencia oficial del conductor
  • 2.- El centro de operaciones del empresario.

Es el conductor quien debe elegir el lugar de retorno. Si no lo hace, entonces el empresario puede tomar esa decisión.

El Software Legal del Tacógrafo VDO Fleet

¿La solución?

Como has podido ver la normativa sobre tiempos de conducción y descanso y el control del trabajo nocturno es bastante compleja.

Por lo que: si quieres que todos tus datos sean claros y precisos, y puedas cumplir las normas fácilmente, te recomiendo que utilices el Software Legal del Tacógrafo VDO Fleet

Con el Software Legal de Tacógrafo VDO Fleet tendrás acceso permanentemente a un resumen de la actividad diaria de tus conductores por orden cronológico.

En el informe aparecerán:

  • Los días elegidos.
  • El inicio y fin de la jornada de tus chóferes.
  • Las pausas realizadas.
  • La duración del trabajo diario.
  • Un resumen de las horas de trabajo de un conductor acompañado de la distancia recorrida.

EL Software Legal del Tacógrafo VDO Fleet te permitirá conocer de un solo vistazo:

  • 1.- El número de días de trabajo del conductor seleccionado
  • 2.- Las horas de conducción.
  • 3.- Las horas de descanso
  • 4.- Las horas dedicadas a otros trabajos,
  • 5.- así como la distancia que ha recorrido durante los días elegidos.

Consejo: Prueba el Software Legal del Tacógrafo VDO Fleet y descubre por ti mismo cómo generar estos y otros informes (sobre tiempos de conducción, descanso y trabajo nocturno) de manera automática. Cumple con la normativa europea sobre archivo de datos de vehículo y conductor, sin esfuerzo y sin sanciones.


Espero que este artículo haya sido de tu interés. A continuación, te dejo otros artículos que van a interesarte:

Compartir en redes

Por Belén Gómez

Soy Belén Gómez, Responsable de Desarrollo de Negocios y Marketing en la División S3 de VDO - Continental Automotive. Escribo para compartir mi experiencia en la digitalización del sector del transporte y ayudar a las empresas a ser más competitivas y rentables.

Con más de 20 años en Continental Automotive Spain, una empresa líder global en vehículos industriales, mi meta es acompañar a las empresas en su transformación digital, impulsando el crecimiento del sector a través de soluciones innovadoras.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

También te puede interesar ...

Suscríbete a nuestro blog

¿Quieres estar informado?