Excepciones a los tiempos de conducción y descanso aplicadas entre diciembre de 2025 y enero de 2026: qué debes saber tras su finalización

Excepciones tiempos de conducción y descanso
¡Nueva guía comentada
de tiempos de conducción y descanso!
Te explicamos, a lo largo de 70 páginas, la compleja legislación de tiempo de conducción y descanso 2025.

Nota informativa:
Todas las excepciones recogidas en este artículo han finalizado su periodo de aplicación. El contenido tiene carácter informativo y sirve como referencia para actuaciones inspectoras, revisiones de tacógrafo o procesos sancionadores derivados de los periodos excepcionales.

La normativa de la Unión Europea prevé que, en caso de urgencia, los Estados miembros puedan establecer excepciones temporales a los tiempos de conducción, pausas y períodos de descanso por un plazo máximo de treinta días, siempre que no se comprometan las condiciones de trabajo de los conductores ni la seguridad vial.

Estas medidas permiten afrontar circunstancias excepcionales, inevitables e imprevisibles en las que resulta imposible aplicar el reglamento en su totalidad durante un corto periodo de tiempo.

Entre diciembre de 2025 y enero de 2026 se aprobaron varias excepciones temporales como consecuencia de protestas, fenómenos meteorológicos adversos e incidencias graves en el transporte ferroviario. Aunque estas medidas ya no se encuentran vigentes, conviene conocerlas para interpretar correctamente posibles excesos registrados en el tacógrafo y evitar sanciones en controles posteriores.

El objetivo de este artículo es ofrecer un compendio claro de las últimas excepciones a los tiempos de conducción y descanso, especialmente útil si tu empresa ha superado límites durante esos periodos y necesita verificar que no procede sanción.

Excepciones aplicadas al Reglamento (CE) 561/2006 (ya finalizadas)

Entre finales de 2025 y comienzos de 2026, distintas resoluciones flexibilizaron temporalmente la normativa para el transporte por carretera.

Vehículos destinados al transporte de mercancías

ResoluciónVigenciaMotivoÁmbitoExcepciones autorizadas
Resolución de 19 de diciembre de 2025 (DGTCF)12–26 diciembre 2025Bloqueos y protestas agrícolas en Francia que afectaron gravemente al transporte internacionalTransporte internacional con origen/destino o tránsito por Francia• Conducción diaria hasta 11 h
• Conducción semanal hasta 60 h
• Conducción bisemanal hasta 120 h
• Descanso diario reducido a 9 h
• Posibilidad de posponer el descanso semanal hasta 12 periodos de 24 h
Resolución de 9 de enero de 2026 (DGTCF)8–11 enero 2026Nuevas protestas en Francia y extensión de bloqueos a Cataluña (carreteras y Puerto de Tarragona)Transporte internacional con Francia y transporte afectado en Cataluña• Conducción diaria hasta 11 h
• Conducción semanal hasta 60 h
• Conducción bisemanal hasta 120 h
• Descanso diario reducido a 9 h
Resolución de 23 de enero de 2026 (DGTCF)23–25 enero 2026 (hasta levantamiento de restricciones)Aviso especial de AEMET por nevadas y restricciones de circulación de la DGTVehículos de más de 7.500 kg afectados por prohibiciones• Conducción diaria hasta 11 h (máximo 2 veces por semana)
• Conducción semanal hasta 60 h
• Conducción bisemanal hasta 96 h
• Descanso diario reducido a 9 h

Excepciones en el transporte de viajeros: refuerzo urgente tras la crisis ferroviaria en Cataluña

La Resolución de 22 de enero de 2026 se aprobó tras la suspensión completa de los servicios ferroviarios de Rodalies de Catalunya debido a dos accidentes y a los daños provocados por la borrasca “Harry”.

Rodalies transporta aproximadamente 400.000 pasajeros diarios, lo que obligó a reforzar con urgencia el transporte por carretera mediante autobuses adicionales.

Ámbito de aplicación

Afectó a conductores que participaran en servicios alternativos requeridos por:

  • Protección Civil de la Generalitat
  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Área Metropolitana de Barcelona (AMB)

Incluyó tanto servicios propios como subcontratados.

Vigencia

Desde 00:00 del 21 de enero hasta las 23:59 del 25 de enero de 2026.

Excepciones autorizadas

  • Conducción diaria hasta 11 horas
  • Conducción semanal hasta 60 horas
  • Conducción bisemanal hasta 120 horas
  • Descanso diario reducido a 9 horas

Obligaciones adicionales para las empresas

  • Comunicar las matrículas de los vehículos utilizados a la Generalitat.
  • Anotar en los libros de ruta la mención: «servicios Rodalies de Cataluña».

Tiempo de trabajo vs. tiempos de conducción y descanso: qué cambia realmente con estas excepciones

AspectoTiempo de trabajo (Directiva 2002/15/CE)Conducción y descanso (Reglamento 561/2006)Excepciones extraordinarias
NaturalezaRegula el tiempo de trabajo de trabajadores móvilesRegula tiempos de conducción y descansoPermiten flexibilizar temporalmente el 561/2006
Máximo semanal48 h (promedio 4 meses)56 h de conducciónPuede ampliarse (ej. 60 h)
Máximo absoluto60 h si el promedio no supera 4890 h bisemanalPuede ampliarse (ej. 96–120 h)
FlexibilidadLimitada y compensadaCon reglas clarasMuy amplia, pero solo por resolución oficial
Exceder límites❌ No permitido✔ Art. 12 permite exceder por seguridad✔ Permitido temporalmente
CompensaciónSiempreEn reducciones de descansoDepende de la resolución
PlanificaciónNo se pueden planificar excesosTampoco los del art. 12Sí durante la vigencia
RegulaciónDirectiva 2002/15/CEReglamento (CE) 561/2006Estados miembros

Conclusiones clave

Tiempo de trabajo (Directiva 2002/15/CE):

✔ Puede superar las 48 horas hasta un máximo de 60 horas
❌ No puede superar las 60 horas ni admite excepciones extraordinarias

Conducción y descanso (Reglamento 561/2006):

✔ Tiene flexibilidad propia
✔ Puede excederse por el artículo 12
✔ Puede modificarse mediante resoluciones oficiales

👉 Las excepciones extraordinarias NO aplican al tiempo de trabajo, solo a conducción y descanso.

Importante: cómo evitar sanciones tras estas excepciones

Si tu empresa se vio afectada por alguno de estos escenarios:

👉 Descarga e imprime las resoluciones de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.
👉 Llévalas a bordo del vehículo durante un mínimo de 56 días.
👉 Consérvalas en la empresa al menos un año. Resumen Excepciones TCD

También es recomendable conservar toda la documentación que acredite el transporte realizado:

  • CMR
  • Documentos de control
  • Albaranes
  • Facturas
  • Contratos de transporte

Esto puede evitar sanciones en caso de control por parte de las autoridades.

No olvides el tacógrafo

Realizar correctamente las entradas relativas a los lugares de inicio y finalización de los períodos de trabajo diario, junto con la documentación de los viajes, permite certificar que el transporte puede acogerse a una exención de la normativa de tiempos de conducción y descanso.

Clave operativa para gestores de flota y responsables de tráfico

Aunque estas resoluciones han expirado, es habitual que las autoridades revisen periodos anteriores durante inspecciones. Por ello, conservar la documentación justificativa sigue siendo una práctica esencial para la seguridad jurídica de la empresa.

Este tipo de situaciones demuestra la importancia de mantener un control exhaustivo del tacógrafo y de la normativa, especialmente cuando se producen escenarios de flexibilización regulatoria que pueden tener impacto meses después.

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