

隆Actualizaci贸n importante para el sector transporte en Europa! En este art铆culo, analizamos el reciente fallo del Tribunal de Justicia de la UE que anula la obligaci贸n de regreso de los veh铆culos a su centro de operaciones, medida incluida en el Paquete de Movilidad Europeo I. Descubre qu茅 implica este cambio y c贸mo podr铆a afectar a las empresas de transporte internacional.
El Paquete de Movilidad Europeo I, modific贸 entre otras cuestiones las relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesi贸n de transportista por carretera, introduciendo la obligaci贸n de que los veh铆culos utilizados en el transporte internacional deb铆an regresar a uno de los centros de operaciones del Estado miembro donde estuviera establecida la empresa transportista al menos en un plazo de ocho semanas desde que sali贸 de 茅l.聽
La normativa consider贸 que el regreso de los veh铆culos a sus centros de operaciones contribu铆a a garantizar que recibir铆an un mantenimiento adecuado con el equipamiento t茅cnico situado en el Estado miembro de establecimiento, al tiempo que se facilitar铆an los controles para luchar de manera eficaz contra las empresas buz贸n y reducir el riesgo de cabotaje sistem谩tico y de conductores n贸madas organizados desde una empresa a la que no regresan los veh铆culos.
Lituania, Bulgaria, Ruman铆a, Chipre, Hungr铆a, Malta y Polonia interpusieron recursos de anulaci贸n ante el Tribunal de Justicia contra varios puntos del Paquete de Movilidad, entre los que se encuentra el regreso del veh铆culo a su centro de operaciones.
El Tribunal de Justicia de Luxemburgo, en sentencia de fecha 4 de octubre de 2024 desestima los recursos planteados contra el paquete de movilidad, salvo en el relativo al regreso de los veh铆culos.
El texto completo y, en su caso un resumen de la sentencia se publicar谩 en el sitio web de CURIA el d铆a de su pronunciamiento.
Comunicados de prensa N.潞 173/2024: 4 de octubre de 2024




